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Corte Constitucional: le coloca “pare” a la aplicación de leyes inmediatas

En un fallo histórico, la Corte Constitucional de Colombia, salió en defensa de la Constitución de 1991 y la hiperinflación de leyes con aplicación inmediata.

Con la decisión, se fortalece la separación de los poderes públicos en el país (rama ejecutiva, legislativa y judicial), colocando “freno” a aprobar leyes por parte del Congreso de la República, a “pupitrazo”.

Para los abogados en el Colombia, el fallo de la Corte Constitucional, es un mensaje que le dice al Gobierno del presidente Gustavo Petro que la reforma a la salud, es Estatutaria, y; no Ordinaria. “Es un un indebido trámite”

El fallo del Alto Tribunal fue unánime, en un hecho trascendental en defensa de la Carta Política de Colombia de 1991.

En adelante, cuando la Corte Constitucional, estará facultada para frenar leyes en la aplicación inmediata, presentadas por el Gobierno colombiano o los legisladores con asiento en el Congreso de la República.

“En otras palabras, la decisión de la Corte Constitucional, es una medida cautelar en beneficio de la Constitución de 1991. “En defensa del estado social de derecho”, colocando fin al poder desmedido del Gobierno del presidente Gustavo Petro, en particular, alrededor del paquete de reformas presentadas al cuerpo legislativo.

El fallo de la Corte Constitucional, sale en defensa de la democracia en Colombia, en un año preelectoral, en el preámbulo de las elecciones de 2026.

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